EL SIGUIENTE TEXTO ES CONVENIENTE LEERLO Y DIFUNDIRLO DADA SU IMPORTANCIA .
¿LA ONU ESTA ACTUANDO ILEGALMENTE EN SU ACTUACION REFERENTE A ISRAEL?
Los Blogs más importantes judeo-francófonos lo están ya publicando ,así por ej el JSS .
Le Groupe.
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...¿Puede la ONU reconocer o no reconocer a la AP como un nuevo estado miembro en base a su propia Carta ?
Estoy,por supuesto ,hablando del art. 80 de la Carta de las Naciones Unidas ,llamada antes oficiosamente "clausula del pueblo judío",que conserva intactos todos los derechos acordados a los Judíos en el Mandato de Palestina ,incluso antes de la finalización del citado mandato el 14/15 de mayo de 1948.
En virtud de esta disposición de Derecho Internacional (la Carta es un tratado internacional) ,los derechos de los Judíos en Palestina no deben ser modificados en ningún modo ,salvo acuerdos de tutela entre los Estados o las partes concernientes;lo cual habría transformado al mandato en tutela ,o en "territorio bajo tutela".
El único período en el que un tal acuerdo se pudo haber concluido ,en virtud del capítulo 12 de las NU ,corrió sobre un espacio de tres años desde el 24 de Octubre del 1945 ,fecha de entrada en vigor de la Carta tras las pertinentes ratificaciones,al 14/15 de mayo del 1948 ,fecha en la cual expiró el mandato y se proclamó el Estado de Israel.
Como ningún acuerdo de ese tipo hubo en el período de tres años en el cual los derechos de los judíos sobre el conjunto de Palestina hubiesen sido convertidos en "territorio bajo tutela" los derechos de los judíos que han existido bajo el mandato tienen ,en su integridad, fuerza ejecutiva ,y la ONU está obligada a respetarlos según el art. 80 y no tiene autoridad para modificarlos.
Por consecuencia directa del art. 80 la ONU no puede transferir los derechos dados al pueblo judío sobre todo o parte de Palestina a una entidad no-judía tal que es la "Autoridad Palestina".
Entre los más importantes de los derechos concedidos a los judíos están los del art. 6 del Mandato que reconocen el derecho de los judíos a "inmigrar libremente a la Tierra de Israel y establecer colonias de población.",derechos protegidos por el art. 80 de la Carta de la Naciones Unidas.
(...)no ha sido reservada ninguna parte de la Palestina para un próximo Estado nación Arabe, pues los derechos de los Arabes a la autodeterminación ya habían sido generosamente otorgados -en Siria,Irak ,en Arabia, Egipto y Africa del norte- lo que llevó a la creación de 21 estados árabes contemporáneos sobre una inmensa masa de territorios que van desde el Golfo Pérsico al Océano Atlántico . No existe,por lo tanto, ninguna necesidad de crear un nuevo Estado Arabe independiente sobre el territorio de la Palestina del mandato reservada para la autodeterminación judía , y especialmente la Judea, Samaria y Gaza.
Crear un semejante estado sobre unas tierras que son judías sería ilegal en virtud del art. 80 de la Carta de la Naciones Unidas y sobrepasaría la autoridad jurídica de la ONU.
Recordamos, respecto a ello, que ni la Sociedad de las Naciones ni su sucesor la ONU han tenido nuca derecho alguno soberano sobre la tierra que los judíos llamamos Eretz Israel .En tanto que es entidad no soberana la ONU no tiene poder alguno para dar un territorio a la dicha Autoridad palestina , y mucho menos un territorio que pertenece ya al pueblo judío.
Otro más, no existe ningún artículo en la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS que done al Consejo de Seguridad o a la Asamblea General o al Consejo de Tutela ,el poder para poder crear un nuevo Estado Independiente .Si la ONU tuviese un tal poder ,entonces,lógicamente tendría el poder inverso ,es decir de DES-CREAR O DESMEMBRAR UN ESTADO EXISTENTE . Tal poder no existe en ningún modo en las atribuciones de la Carta de las Naciones Unidas.Si, es una teoría, tal poder existiese la ONU sería un poder legislativo universal que podría hacer o deshacer Estados a su libre voluntad, siendo en ese caso una potencia que pondría en peligro el orden mundial.
Es por las anteriores razones que el precedente proyecto de Ley ,presentado al Congreso por Ileana Ros- Lehtinen (1)es el camino a seguir.
La ilegalidad de la ONU debe de ser severamente condenada y detenida con una medida de castigo apropiada, exactamente como ha propuesto Ros-Lehtinen ...
(1) Ilena Ros-Lehtineb (Republicana electa por Florida, de origen cubano) es responsable del comité de Asuntos Exteriores del Parlamento americano pide al Congreso que adopte sanciones punitivas,contra la ONU,si se obstina en darle legalidad a la demanda de los palestinos para que les sea creado un Estado.
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